domingo, 25 de mayo de 2008

La Violencia de Género en Clave Masculina

Jorge Yáñez López*

Para identificar a la Violencia de Género en una definición como la que dió el Consejo Económico y Social de la ONU en 1992 (Todo acto o amenaza que tenga como consecuencia o posibilidades de tener como consecuencia perjuicio y/o sufrimiento en la salud física, sexual o psicológica de la mujer), resulta imprescindible aproximarse a las causas que la originan y a la lógica para enfrentársele.

La Violencia de Género que presenta como agentes agresores a los varones, se fundamenta en el proceso de socialización en base al género (o ambiente socializador) que prepara a los hombres desde su infancia para ejercer un modelo de dominación (como presunta expresión única de su masculinidad) en contra de las mujeres. Precisamente al transgredirse este esquema de control, el hombre violento desencadena la agresión, a manera de un intento desesperado por reafirmar y recuperar ese control que escapa de sus manos.

Aún subsiste en calidad de hipótesis la consideración de la Misoginia como un elemento contributivo al respecto, pero para la educación sexista como base para la Violencia de Género, las certezas son incuestionables.

La ONG mexicana APIS ha enfatizado en la relevancia de “sensibilizar y desnaturalizar la violencia”, esto es, generar la conciencia social, que la ciudadanía aprehenda a percibir situaciones como los abusos sexuales cometidos dentro del matrimonio como una conducta delictiva que vulnera la dignidad de la cónyuge. Dejar de valorar con normalidad toda modalidad de maltrato y de discriminación entre progenitores, dentro de los noviazgos y en general de cualquier forma de discriminación de pareja intergenérica. Sin perder de vista que la intervención gubernamental debe desarrollarse en el Ambito Público, al tratarse de una flagrante violación de los Derechos Humanos.

En 1992 el Comité de la CEDAW (COCEDAW) incluyó formalmente la Violencia por razón de Género como discriminación por razón de género; para diciembre de 1993, la Asamblea General de ONU aprobó la “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”, definida como “todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluídas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada”; y en 1994, la OEA en Brasil, realizó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belém do Pará), designándose en ese mismo año por parte de la Comisión para los Derechos Humanos a la primera Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la Violencia Contra la Mujer (para analizar y documentar el fenómeno).

Por su lado la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1996 que sólo consideraba la violencia doméstica, acordó adoptar la definición de Violencia Contra las Mujeres como un marco útil para sus actividades; y en noviembre del 2002 en el Foro Mundial de Mujeres Contra la Violencia, dentro de su dictamen se concluyó que “socava el desarrollo y el progreso de todas las naciones, especialmente la igualdad de género y la posibilidad de ejercer la plena soberanía de las mujeres” y además comporta “unos incalculables e irreversibles costes físicos y económicos”

La aportación que estas bases jurídicas conceptuales proporcionan al marco legal para responder a la Violencia de Género, radica en que permiten situar con precisión al fenómeno, como punto de partida.

Ahora bien, el abordaje de la Violencia de Género presenta varias aristas (unas inmediatas, otras mediatas), desde el Sistema Jurídico, las Políticas Públicas, el Sector Salud o las Acciones Ciudadanas con la Sociedad Civil Organizada, sin embargo para dirigirse a la raíz del problema es preciso separar a las víctimas de los agresores. El tratamiento de los segundos como intervención inmediata ha sido motivo de serios divisionismos entre hombres que reeducan a otros hombres, activistas y teóricos de las Masculinidades, más allá del modelo hegemónico (y estereotipado) de ser hombre.

Los Programas de Intervención para Agresores (PIAs) implementados por dirigentes de organizaciones que trabajan en la sensibilización de varones agresores y algunos especialistas en psicología, al través de convenios institucionales al adoptar una postura de “parte de un contrato de prestación de servicios profesionales”, excluyen de su visión el que un alto porcentaje de sus involucrados son sujetos de comportamiento delictivo.

La propia Organización Panamericana de la Salud ha evidenciado las deficiencias de estos programas: a) Absuelven al agresor de la responsabilidad.
b) Pueden derivar y promover la práctica de formas sutiles de violencia psicológica
o económica, en lugar de la violencia física.
c) Parten del hecho de no golpear como prueba de éxito del programa, sin explorar
otros factores causales posibles.
d) Se diseñan para hombres de clase media, empleados y casados.

De ahí que se le haya apostado mucho más al trabajo preventivo (acción en lo mediato) para hombres jóvenes en los programas de la educación pública y/o con incidencia en los Medios de Comunicación en varios países. Uno de los casos más ilustrativos ha sido el de Emakunde en la comunidad autónoma de Euskadi, con sus campañas: en 1992 “Sácalo a la luz”, en 1994 “No más Agresiones” y en 1997 “No más violencia contra las mujeres”, siendo el organismo vasco vinculado a las políticas de igualdad de mujeres y hombres.

La campaña canadiense del lazo blanco (white ribbon campaign) como movimiento de hombres en contra de la violencia hacia las mujeres, con 12 años de trabajo; la campaña nacional de Nicaragua en 1999 (violencia contra las mujeres, un desastre que los hombres si podemos evitar) promovida por el Grupo de Hombres Contra la Violencia (GHCV) o también la campaña estadounidense “Mi fuerza no es para lastimar”, que disoció la idea de Fuerza Física de la de Violencia en los hombres; son ejemplos de un activismo asumido desde los varones frente a la Violencia de Género.

Informar a las mujeres sobre sus derechos civiles y los mecanismos para ejercitarlos, ha sido un tipo de trabajo mayoritariamente realizado por organizaciones feministas, los esporádicos casos de hombres profeministas con propuestas de legislación y de políticas públicas, son quienes finalmente cierran el rubro de impulsores de acciones desde un activismo que debiera comprometer a más.

En España a finales de los años 90´s, la difusión del caso de Ana Orantes (quemada viva en Granada) constituyó el foco rojo que atrajo la atención de la sociedad española hacia un aspecto latente con anterioridad, pero silenciado. El vergonzoso caso de los asesinatos y los secuestros de mujeres en Ciudad Juárez, México, ha demostrado la incongruencia entre una imagen civilizatoria y una realidad cotidiana.

Pese a todo lo anterior, las tendencias obligan a replantear las significaciones y los alcances que la Violencia de Género guarda:

1º.- El modelo que el Centro de Capacitación para Erradicar la Violencia Intrafamiliar Masculina (CECEVIM) ha propuesto desde California, E.U.A., coloca incisivas interrogantes acerca del tema, ¿Por qué la Violencia del hombre es calculada y llevada al punto en que no destruye totalmente?, ¿Por qué su Violencia es selectiva? (y medible en grados por él mismo), es decir, no es un acto de entera brutalidad profusa.

2º.- ¿Bajo qué parámetros dimensionar la Violencia de Género cuando las víctimas son hombres?. En México se carece de estadísticas sobre el número de hombres maltratados por sus parejas, en la UAPVIF Venustiano Carranza se calcula que de cada 7 hombres denunciados como agresores, 3 son en realidad víctimas. En E.U.A. según cifras del Instituto Nacional de Justicia y del Centro de Control de las Enfermedades, señalan que 76.5% de las mujeres y 23.5% de los hombres son agredidos por sus parejas.

3º.- Por muy pragmático que parezca, el Estado debe evaluar los costos económicos que le reporta el desentenderse del problema. En Canadá el Estado gasta más de 1,000 millones de dólares canadienses por año de servicios que comprenden la intervención de la policía, el sistema de justicia penal, la asistencia socio psicológica y los proyectos de formación. En E.U.A. son de 5 a 10 mil millones de dólares al año (estimaciones similares a las del Banco Mundial y las del BID).

Algunas otras medidas de contención hacia los efectos de la Violencia de Género, han consistido en sensibilizar y capacitar al personal y autoridades encargadas de la Procuración de Justicia, mediante la firma de Protocolos Institucionales. En cuanto a la atención y protección de las víctimas, las figuras de Albergues (pisos o casas de acogida) para mujeres maltratadas han prosperado con importantes resultados cuando han contado con un esquema de financiación dependiente del Ejecutivo Local o del Legislativo Local, aunque este último gestionado por parlamentarios a título individual.

El Poder Judicial, enteramente desvinculado de la ciudadanía, en mucho ha obstaculizado una Impartición de Justicia imparcial y con apego a la legalidad. Las investigaciones realizadas por el Observatorio de los Derechos Humanos (Human Rights Watch) han revelado sesgos decisivos en la aplicación de la ley, a favor de los agresores.

La problemática en síntesis, compete a todas y a todos, pues es el proceso de aculturación el que bipolariza y sobrecarga a la otredad diferente de expectativas dispares, adicionándole el mecanismo de obligatoriedad en el cumplimiento de las mismas por medio de prácticas violentas, es sugerible que nuestras reflexiones deban orientarse hacia una redefinición comportamental a partir de transformaciones profundas en la preceptiva institucional y no institucional dirigida a quienes en lo futuro no deseamos ver como agresores directos o en potencia.


* Coordinador General de TRODOS, Círculo de Masculinidad.

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